Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000310/2008 referente al concursado Construcciones Rialgarpe, S.L.U., por auto de fecha 9 de diciembre se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso voluntario de la entidad Construcciones Rialgarpe, S.L.
2.- Declarar la disolución de la referida sociedad.
3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.
4.-Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por los administradores concursales designados en este procedimiento.
5.-Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.
Dentro de diez días, siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Pamplona, 9 de diciembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
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