Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-B-2009-4603

Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, reconocimiento en concreto de la utilidad pública y estudio de impacto ambiental del proyecto de instalaciones "Instalación de almacenamiento en Almodóvar del Campo", en el término municipal de Almodóvar del Campo, en la provincia de Ciudad Real.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2009, páginas 18132 a 18137 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2009-4603

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en el Real Decreto 2085/1994, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, modificado por el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, en el Real Decreto 1562/1998, de 17 de julio, por el que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP02 "Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos", en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, en los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y en el art. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública la solicitud cuyas características son:

Peticionario: Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad Anónima, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Titán ,13 (Código Postal 28045), Madrid.

Objeto de la solicitud: La Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad Anónima, necesita acometer la construcción de una instalación de almacenamiento de productos petrolíferos mediante la construcción de cinco cubetos con quince tanques en Almodóvar del Campo y su conexión a la red de oleoductos existente en la zona. Para ello solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, reconocimiento en concreto de la utilidad pública y declaración de impacto ambiental del proyecto de instalaciones "Instalación de almacenamiento en Almodóvar del Campo".

Descripción de las instalaciones: La nueva instalación se ubicará en el kilómetro 46,300 de la carretera CM-4110, en una superficie de terreno de unos 187.000 metros cuadrados y a unos 3.900 metros de distancia del límite de núcleo urbano más cercano, y la construcción de los quince tanques en cinco cubetos supondrá una capacidad de almacenamiento de 536.978 metros cúbicos. Para asegurar la salida y entrada de producto a los nuevos tanques y su unión a la red nacional de oleoductos se construirán unos poliductos de conexión.

El proyecto de nueva instalación contempla las siguientes actuaciones:

- Quince tanques en cinco cubetos con una capacidad total de 536.978 metros cúbicos para almacenamiento.

- Tanque de reserva de agua de 1.800 metros cúbicos para protección contra incendios.

- Estación de bombeo de agua para protección contra incendios.

- Manifolds de entrada/salida para unir los nuevos tanques con los oleoductos.

- Estación de bombeo para productos con un nuevo centro de transformación.

- Edificio administrativo.

- Balsa API para depuración de aguas susceptibles de estar contaminadas por hidrocarburos.

- Construcción de poliductos para la interconexión de los nuevos tanques con la red nacional de oleoductos.

- Acometida eléctrica. Se prevé la construcción de una nueva línea eléctrica de alta tensión para dar suministro eléctrico a la planta.

Los nuevos tanques e instalaciones incluirán sus redes de drenaje, tuberías, instrumentos, protección contra incendios, etc.

La distribución de productos dentro de los nuevos tanques a construir, es la indicada a continuación:

- Dos tanques de JET-A1 de 20.414 metros cúbicos de capacidad cada uno.

- Dos tanques de GNA-95 de 20.414 metros cúbicos de capacidad cada uno.

- Un tanque de GNA-98 de 20.414 metros cúbicos de capacidad.

- Dos tanques de gasóleo de 20.414 metros cúbicos de capacidad cada uno.

- Seis tanques de gasóleo de 49.260 metros cúbicos de capacidad cada uno.

- Dos tanques de JET-A1 de 49.260 metros cúbicos de capacidad cada uno.

Presupuesto: Treinta y siete millones siete mil cuatrocientos euros (37.007.400,00 de euros).

Conducciones:

1.- Poliducto de conexión entre la Nueva instalación y el oleoducto Almodóvar-Mérida:

Este poliducto tiene su origen en la Nueva Instalación de Almacenamiento de Almodóvar del Campo que se está proyectando, y su punto final en el Punto Kilométrico. 2,150 del Oleoducto Almodóvar-Mérida, en el Término Municipal de Almodóvar del Campo (Ciudad Real). El tamaño de la línea prevista es de diámetro 8 pulgadas, siendo la calidad del acero API 5L, Grado X-52 y e= 7,9 milímetros. Tiene una longitud total de 1.850 metros.

2.- Poliducto de conexión entre la Nueva instalación y los oleoductos Rota-Zaragoza-1, Rota-Zaragoza-2, Puertollano-Loeches-1 y Puertollano-Loeches-2:

Este poliducto tiene su origen en la Nueva Instalación de Almacenamiento de Almodóvar del Campo que se está proyectando, y su punto final en la actual Instalación de Oleoductos que la Compañía Logística de Hidrocarburos tiene ubicada en el Término Municipal de Almodóvar del Campo, donde se realizarán las distintas conexiones entre los diferentes Oleoductos (Puertollano-Loeches-1, Puertollano-Loeches-2, Rota-Zaragoza-1, Rota-Zaragoza-2), en el Término Municipal de Almodóvar del Campo (Ciudad Real).

El tamaño de las líneas previstas es la siguiente:

- Línea  de  diámetro  10  pulgadas,  para  la  conexión  con  el  Puertollano-Loeches-1.

- Línea  de  diámetro  10  pulgadas,  para  la  conexión  con  el  Puertollano-Loeches-2.

- Línea de diámetro 10 pulgadas, para la conexión con el Rota-Zaragoza-1, antes de la Instalación de Oleoductos de Almodóvar.

- Línea de diámetro 12 pulgadas, para la conexión con el Rota-Zaragoza-2, antes de la Instalación de Oleoductos de Almodóvar.

- Línea de diámetro 10 pulgadas, para la conexión con el Rota-Zaragoza-1, después de la Instalación de Oleoductos de Almodóvar.

- Línea de diámetro 12 pulgadas, para la conexión con el Rota-Zaragoza-2, después de la Instalación de Oleoductos de Almodóvar.

Todas las líneas previstas serán en acero al carbono, de calidad API 5L , Grado X-52 y e = 7,9 milímetros.

La longitud total del Poliducto de conexión con la Instalación de oleoductos de Almodóvar es de 3.840 metros.

Instalaciones y sistemas asociados y complementarios a las conducciones:

- Sistema de protección Catódica conformada por dos Estaciones de Protección Catódica, situadas en la Nueva Instalación de Almacenamiento de Almodóvar del Campo, una de ellas para el Poliducto de Conexión con el Almodóvar-Mérida, mientras que la otra es para los distintos conductos que conexionan la citada Instalación de Almacenamiento con la Instalación de Oleoductos de Almodóvar.

- Sistemas de Comunicaciones: Sistema vía satélite redundante con Sistema Vía Cable de Fibra Óptica, instalando el cable en la misma zanja que las conducciones proyectadas, bajo tubo (bitubo) de polietileno 2 diámetro 40 milímetros.

- Señalización del trazado del Oleoducto: Mediante la intercalación de hitos en superficie en todos los cambios de dirección y puntos intermedios, de tal forma que desde un hito se vea el anterior y el posterior. Se instalará así mismo junto a los cruces con carreteras y ferrocarriles.

Línea Eléctrica de Acometida a la Nueva Instalación de Almacenamiento de Compañía Logística de Hidrocarburos en Almodóvar: Con el fin de suministrar la energía eléctrica necesaria para el correcto funcionamiento de la Nueva Instalación de Almacenamiento que se proyecta, se hace necesaria la realización de una Línea Eléctrica de AltaTensión (45 kilovoltios) que, partiendo de la Subestación Eléctrica que la Compañía Unión Fenosa tiene en las inmediaciones de la localidad de Almodóvar del Campo, uniría a ésta con la Nueva Instalación de Almacenamiento.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados.

 

Afección a fincas de propiedad privada: En general, las afecciones se pueden resumir en tres grandes grupos: pleno dominio, ocupaciones temporales y servidumbres de paso.

1.- Pleno dominio.

Se aplicará a los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie y apoyos eléctricos.

2.- Ocupación temporal.

La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se podrá hacer desaparecer, temporalmente, cualquier obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas para dichos fines.

Este tipo de afección aplicará en los siguientes casos: para cada uno de los Poliductos; para los cables de conexión y los elementos dispersores pertenecientes al sistema de protección catódica; y para los cables de líneas eléctricas de alta tensión.

3.- Servidumbres de paso.

Las servidumbres permanentes requeridas serán una o varias de las indicadas a continuación.

3.1.- Servidumbre permanente de paso debida a la existencia de la tubería del oleoducto.

Se impondrá servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de un ancho de 4 metros, dos a cada lado del eje, por donde discurrirá la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del producto. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a setenta centímetros (70), así como la plantación de árboles o arbustos de tallo alto, a una distancia inferior a cinco metros (5) contados a partir del eje de la tubería o tuberías en zona rural y a una distancia inferior a dos metros (2), contados a partir del eje de la tubería en zona semiurbana.

2. Prohibición de la realización de cualquier tipo de obra, construcción, edificación; o de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a diez metros (10) del eje de la tubería y a ambos lados de la misma en zona rural y a una distancia inferior a cuatro metros (4), contados a partir del eje de la tubería y a ambos lados de la misma en zona semiurbana.

Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos para señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

3.2.- Servidumbre permanente de paso debida a la existencia de cables de conexión y de elementos dispersores del sistema de protección catódica.

Se impondrá servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de un ancho de 1 metro, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión que se requieran. Para los lechos de dispersores de la protección catódica, el terreno sobre el que se establece la servidumbre permanente de paso, será la superficie de la propia instalación, más una franja perimetral de 1 metro.

Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50), así como la plantación de árboles o arbustos a una distancia inferior a un metro y medio (1,5) contados a partir del eje del cable o cables o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho de talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a una distancia inferior a la indicada.

2. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

3.3.-Servidumbre permanente de paso debida a la existencia de cables para líneas eléctricas.

Se impondrá servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de un ancho de 1 metro a cada lado del eje de la línea y a lo largo de todo su trazado, lo que implicará el libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

3.4.-Servidumbre permanente de vuelo debida a la existencia de cables para líneas eléctricas.

Se impondrá servidumbre permanente de vuelo sobre una franja vertical de 15 metros centrada en el eje de la línea, en la que:

1. Quedará prohibido levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea, a una distancia inferior a 7,5 metros del eje de la línea de postes del tendido.

2. Quedará prohibido plantar árboles con altura máxima superior a 4 metros a una distancia inferior a 3 metros del eje de la línea de postes del tendido.

3. Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados, cuya relación concreta e individualizada se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 9 de fecha 21 de enero de 2009 y en el diario La Tribuna de Ciudad Real de fecha 27 de enero de 2009, para que pueda ser examinado el Proyecto y el estudio de impacto ambiental en este Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, Plaza de Cervantes, 1, (13001) Ciudad Real y se puedan presentar por triplicado, en dicho Centro, las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de 30 días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio. Los planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento afectado.

Ciudad Real, 11 de febrero de 2009.- El Director del Área de Industria y Energía. Fdo. Eduardo Moro Murciego.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid