Don Antonio Casas Capdevila, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida, dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley 22/2003 de 9 de Julio, Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:
Juzgado.- De lo Mercantil número 1 de Lleida.
Nombre de los concursados, número de asunto y tipo de concurso:
Constru 2005 Scai, S.L., número de procedimiento 331/2008. Voluntario y abreviado
Manuel Sierra Criado y María Dolores Cano Estor, número de procedimiento 332/08. Voluntario y abreviado.
Datos instantes de los concursos.
Constru 2005 Scai, S.L., con domicilio en Avenida Fontanet, número 10, Bajos 2.º y N.I.F. B-25581844 e inscrita en el Registro Mercantil de Lleida, Tomo 938, folio 133, hoja L 18298.
Don Manuel Sierra Criado, con domicilio en calle Arquitecte Domenech i Torres, número 47, de Lleida y con D.N.I. 40.867.520Q y Doña María Dolores Cano Estor con domicilio sito en calle Arquitecte Domenech i Torres número 47 y con D.N.I. 40.860.513R
Representación y defensa.- Procurador María Ortiz Salillas y Letrado Antoni Riba Esteve.
Fecha de presentación de la solicitud.- 18 de diciembre de 2008 (ambos concursos).
Fecha de Auto de declaración.- Autos de fecha 22 de enero de 2009 (ambos concursos).
Balance de situación a fecha de presentación.:
Constru 2005 Scai, S.L.:
Activo.- 75.355,17 euros.
Pasivo.- 358.708,87 euros.
Manuel Sierra Criado y Doña María Dolores Cano Estor:
Activo.- 1.341.874,93 euros.
Pasivo.- 585.295,20 euros.
Administradores concursales.- Procedimiento 331/08 y 332/08 Administradora: Silvia Cebollero Oriach, con domicilio en Avenida Blondel, 54, 2.º, 1.ª, de Lleida.
Facultades del concursado.- Intervenida. No se adoptaron medidas cautelares.
Llamamiento a los acreedores.- Disponen de un plazo de quince días naturales desde la publicación de los edictos para comunicar a este Juzgado de lo mercatil, la existencia de sus créditos, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento, y la clasificación que propone, todo ello conforme establece el artículo 85 de la Ley 22/2003 de 9 de Julio, Ley Concursal.
Formas de personación.- Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará por la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados en horas de audiencia.
Lleida, 27 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.
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