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Documento BOE-B-2009-5485

MURCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2009, páginas 20705 a 20705 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-5485

TEXTO

Doña Concha Ruiz García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal:

Que en el procedimiento número 661/2008, por auto de fecha 28 de noviembre de 2008 dictado por la Ilustrísima Señora Doña María Dolores de las Heras García, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil númro 1 de Murcia se ha declarado en concurso voluntario al deudor Juan José Pagán Pagán, con domicilio en Avenida Príncipe de Asturias número 17, Cuevas de Reyllo, Fuente Alamo, Murcia, con DNI número 22969592-K, habiendo recaído los siguientes pronunciamientos:

Primero.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Segundo.- Se nombra administrador único del concurso al Abogado D. José Antonio Cascales Lacarcel.

Tercero.- Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de éste edicto, acordadas en el Periódico La Verdad de Murcia y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante éste Juzgado, sito en Murcia, Avda. 1.º de Mayo número 1, Edificio Torres Azules, Torre A, Planta 1.ª, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesara el desglose de los mismos.

Cuarto.- Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto, podrá interponerse recurso de apelación por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo ante éste Juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas.

Para más información consultar .

Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general para quien pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente

Murcia, 10 de diciembre de 2008.- El Secretario Judicial.

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