Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados conforme dispone el art.º 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en aplicación de lo establecido en el citado precepto, debe publicarse, a efectos de notificación a las empresas que a continuación se citan, el requerimiento de la documentación siguiente:
NIF y domicilio actual de la persona que presta capacitación profesional a la empresa, en los ámbitos interior e internacional.
Copia del certificado de capacitación profesional.
Acreditación de que la persona capacitada ostenta poderes de representación de la empresa y de disposición de fondos y, además, figura en la plantilla de trabajadores de la empresa.
Discos-diagrama originales (vehículos con tacografo analógico) y ficheros en soporte CD-R CD-RW (Vehículos con tacografo digital), de todos los vehículos de la empresa, de fechas comprendidas entre el 1 y el 31 de mayo de 2008, a.i.
El incumplimiento de este requerimiento se considerará como constitutivo de infracción muy grave, pudiendo corresponderle una sanción de 4.601 a 6.000 euros, a tenor de lo establecido en los artículos 140.6 y 143.1.i) de la LOTT.
Empresas requeridas:
Numero de expediente: VICAP-AS-053-08. Empresa requerida: "GARCIA ANGULO, RAUL" NIF/CIF:13129599A.
Numero de expediente: VICAP-AS-062-08. Empresa requerida: "GONCATRANS, SL" NIF/CIF:B60110475.
Madrid, 3 de marzo de 2009.- El Inspector de Transportes Terrestres, Antonio de Santos.
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