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Documento BOE-B-2010-11030

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2010, páginas 33890 a 33891 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-11030

TEXTO

Edicto.

Don Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,

Por el presente hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 488/2008 de concurso de Ángela Laguarda Oller se ha dictado en fecha 12 de marzo de 2010 Auto de apertura de la fase de liquidación habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Se decreta la apertura de la fase de liquidación del presente expediente de concurso n.º 488/2008 seguido en este juzgado a instancias de Ángela Laguarda Oller.

Se decreta la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se acuerda la extinción del derecho a alimentos del concursado con cargo a la masa activa.

Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Requiérase a la administración concursal a fin de que presenten ante este Juzgado, en el plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente resolución, el plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Se acuerda la Formación de la Sección Secta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, así como de la solicitud de concurso y del auto de declaración de concurso.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase público, igualmente, el presente auto de apertura de la fase de liquidación por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado en la forma y con los requisitos establecidos en la Ley Concursal, apercibiendo a los interesados que disponen de un plazo de 10 días desde la última publicación para personarse en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Barcelona para la anotación, en la Inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición e igualmente expídanse mandamiento al Registro de la Propiedad de San Feliu de Guíxols y de donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la práctica de las anotaciones preventivas correspondientes, librándose para ello los preceptivos oficios y mandamientos que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de los asientos registrales previstos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Aranzazu Ortiz González. Magistrada Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe".

Tarragona, 12 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

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