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Documento BOE-B-2010-12281

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 2010, páginas 38012 a 38012 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-12281

TEXTO

Edicto

Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con el nº 987/09-H se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 22.03.2010 de la mercantil "Bestin Supply Chain, S.L." con N.I.F. nº B-64379290 y domicilio en Calle Metalurgia, 38 - 42 de Barcelona; en los autos con el nº 258/10-B se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 22.03.2010 de la mercantil "Barnatrans, S.A." con N.I.F. nº A-08402950 y domicilio en Cal Coracero, 22-26, Zal II, El Prat de Llobregat (Barcelona); en los autos con el nº 257/10-D se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 22.03.2010 de la mercantil "Integral Transport Service, S.A." con N.I.F. nº A-79059838 y domicilio en Calle Alcarria, 2 de Coslada (Madrid), en los que se ha decretado la Intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitarán por los cauces del procedimiento Ordinario.

Los acreedores del concurso deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de Apoyo Concursal, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edificio C, Planta 13, 08014 Barcelona con indicación expresa del Juzgado Mercantil 1 y el número de autos 987/2009-H, 258/10-B y 257/10-D, respectivamente, en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE; firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.

Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 22 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

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