Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-12795

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2010, páginas 38742 a 38742 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-12795

TEXTO

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 198/08, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil "Constructora Promotora Vivendes Simón, S.L." y a "Don Lluis Grebol Guillermo, Don Miquel Grebol Simón, Don Lluis Grebol Simón" y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, a los Registros Civiles de Girona, Sant Gregori, y a los Registros de la Propiedad de Palamós y de Sant Feliu de Guíxols.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de Ley Concursal, expido el presente en Girona,

Girona, 16 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid