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Documento BOE-B-2010-12802

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2010, páginas 38749 a 38749 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-12802

TEXTO

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 141/2009 referente al concursado Laboratorios Generifarma, S.L. con CIF nº B-82785403, por auto de fecha 5 de abril de dos mil diez, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Laboratorios Generifarma, S.L.

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara disuelta la concursada Laboratorios Generifarma, S.L. y cesan los Administradores que serán sustituidos por la administración concursal

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

7.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2º de la LC).

Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a publicación por edictos en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 5 de abril de 2010.- La Secretario Judicial.

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