El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2010, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Disposición Final Segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó otorgar concesión administrativa a "Compañía Española de Petróleos, Sociedad Anónima" con las siguientes condiciones específicas:
· Ocupación de dominio público: 14,40 metros cuadrados.
· Destino: Tendido de una conducción de fuelóleos por la galería situada en la calle A del Puerto Exterior.
· Plazo de vigencia: Hasta el 10 de enero de 2028.
· Tasas:
- Ocupación privativa de dominio público: 3.414,99 euros/año.
- Actividad: Abonará anualmente los siguientes importes por cada tonelada de granel líquido embarcada o desembarcada por el Puerto de Huelva y trasegada por la conducción:
0,209746 euros por cada Tm. de mercancía correspondiente al grupo 1.º (Fueloil y otros).
0,367055 euros por cada Tm. de mercancía correspondiente al grupo 2.º (Gasoil, Ésteres y otros).
0,563629 euros por cada Tm. de mercancía correspondiente al grupo 3.º (Gasolinas y otros).
0,639470 euros por cada Tm. de mercancía correspondiente al grupo 4.º (Aceites vegetales, Ciclohexanos y otros).
0,639470 euros por cada Tm. de mercancía correspondiente al grupo 5.º u otros productos no incluidos en las categorías anteriores (Metanol y otros).
Se establece la exigencia de un tráfico mínimo anual global de 20.000 toneladas de mercancía, de cualquiera de los grupos anteriores, cargada o descargada utilizando las instalaciones del Puerto de Huelva.
Lo que se publica para general conocimiento.
Huelva, 6 de abril de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, José Antonio Marín Rite.
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