No habiendo podido notificar a D. Francisco Javier Ramos Ocáriz, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, recaída Resolución del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 14 de enero de 2010, en el expediente administrativo núm. 92/09, por el Director General Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 22 de marzo de 2010, acuerdo mediante el que, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requiere al interesado para que, en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no, la entrada en su domicilio. Si transcurrido el plazo señalado, no se recibe su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización judicial de entrada en la vivienda militar.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, Pº de la Castellana núm. 233 de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 13 de abril de 2010.- La Jefe de la Subunidad de Expedientes, Cristina Úbeda Murillo.
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