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Documento BOE-B-2010-1484

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2010, páginas 3937 a 3937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-1484

TEXTO

Edicto.

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 1314/2009 se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso voluntario abreviado de las personas físicas D. Luís Alberto Caicedo Zambrano, mayor de edad, provisto del D.N.I. 46.256.855-Z y doña Yusbell Andreina Quintero Pérez, mayor de edad provista de D.N.I. 46.256.851-X, vecinos de la localidad de Lloret de Mar (Girona), en avda. Fenals núm. 16-18 A, planta baja 6, siendo designado como administrador concursal el letrado D. Jordi Taulina Orench.

Los aquí deudores conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del real decreto ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el registro público concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la ley concursal, expido el presente en

Girona, 16 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

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