En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y ante la imposibilidad de notificar, por dos veces, al interesado, se hace saber que:
"Sr. Representante de Trans Air Logistics, S.L.
En relación con el contrato firmado el 11 de febrero de 2005, suscrito entre la Entidad Pública Empresarial, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) y la mercantil Trans Air Logistics, S.L., por el que se adjudicaba la "concesión de un local destinado a oficina preferente nº 11017 Dique Sur en el Aeropuerto de Madrid-Barajas"; Expediente 15/05, suscrito por la mercantil Trans Air Logistics, S.L. (CIF B-83580621), le comunico que se ha acordado, con fecha 15 de febrero de 2010, la resolución unilateral del mencionado contrato, por incumplimiento de lo preceptuado en las bases y contrato que rigen esta concesión, con incautación de la fianza depositada.
La resolución dictada por el Director del Aeropuerto de Madrid/Barajas no agota la vía administrativa, pudiendo interponer contra ella recurso de alzada, ante el Consejo de Administración de AENA en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de esta publicación.
Madrid, 12 de abril de 2010.- Director del Aeropuerto Madrid/Barajas, don Miguel Ángel Oleaga Zufiría.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid