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Documento BOE-B-2010-15658

SALAMANCA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 4 de mayo de 2010, páginas 49349 a 49350 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-15658

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento de concurso número 1149/2008 se ha dictado sentencia, que tiene el carácter de firme, cuyo encabezamiento y fallo con del tenor literal siguiente:

"Sentencia

En Salamanca a veindidós de marzo de dos mil diez.

Visto por el Sr. don Roberto Pérez Gallego, Magistrado-Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, los presentes autos de procedimiento concursal, concurso voluntario abreviado número 1149/2008 de los concursados Antonio Arnés Andrés y Victoriano Moreno Hernández, representados por la Procuradora Sra. Herrero Rodríguez y defendidos por el Letrado Sr. Prado Santos.

Primero.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por los concursados Antonia Arnés Andrés, titular del DNI número 07720537-N y Victoriano Moreno Hernández, titular del DNI número 07727981-G, que ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal.

Se decreta el cese a todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces como sea requerida, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

Segundo.- Notifíquese la sentencia a los concursados, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Tercero.- Publíquese la sentencia en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Líbrese oficio al Decanato de los Juzgados de Salamanca para que a su vez comunique la sentencia dictada a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Salamanca.

Cuarto.- Líbrense mandamientos a los Registros Civiles de Nalda (La Rioja) respecto de Doña María Antonia Arnés Andrés y de Nules (Castellón) respecto de Don Victoriano Moreno Hernández y al Registro de la Propiedad número 4 de Salamanca para la inscripción de la sentencia respecto a los siguientes bienes:

Bien ganancial: vivienda familiar sita en calle Pizarro, número 29-31, 1º D de Salamanca, con una superficie de 66 metros 94 centímetros cuadrados, calificada en su día como vivienda de protección oficial, si bien recientemente ha sido descalificada por resolución de la Junta de Castilla León de 7 de octubre de 2008 en el expediente SA-I-6009/68. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Salamanca al folio 111 del Tomo 2.720, Libro 167, Finca registral número 13.630, inscripción 2ª.

Bien privativo de Don Victoriano Moreno Hernández, adquirido por herencia: vivienda sita en la calle Alfonso de Castro, número 19, 2º A de Salamanca, de una superficie de 56 metros 91 decímetros cuadrados últiles, también de protección oficial si bien en trámite de descalificación. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Salamanca al Tomo 3883, Libro 708, Folio 41, finca registral número 47018, inscripción 3ª.

Firme la presente resolución, entréguense los despachos a la procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciado y devolución.

Quinto.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Sexto.- No se decreta el cese del administrador concursal, manteniendo las funciones que el convenio le encomienda al mismo, hasta su íntegro cumplimiento y sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título II, requiérase al Administrador Concursal a fin de que, una vez se cumpla el convenio, rinda cuentas de su actuación ante este Juzgado.

Séptimo.- Requiérase al Administrador Concursal a fin de que, con periodicidad semestral a partir de la fecha de la firmeza de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Salamanca (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los procedimientos que impugna (artículo 197.4 de la Ley Concursal y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), debiendo constituir el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Se hace constar que el convenio aprobado está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado.

Salamanca, 15 de abril de 2010.- La Secretaria.

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