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Documento BOE-B-2010-15672

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 4 de mayo de 2010, páginas 49364 a 49366 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-15672

TEXTO

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 693/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación a solicitud del deudor, de conformidad con lo prevenido en el art. 142 de la ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-Juez, don Hugo Novales Bilbao.

En Girona a 16 de abril de 2010.

Antecedentes de Hecho.

Primero.-Que por auto de fecha 18 de junio de 2009 se acordó declarar en estado de concurso voluntario a la entidad mercantil Bassegoda Construccions, S.L. con Cif número B17231853 y con domicilio en carretera de Ridaura numero 57 de la localidad de Olot (Girona), habiéndose formulado la concursada expresa petición de liquidación y como consecuencia, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituidas por la Administración concursal.

Segundo.-Que en fecha 2 de octubre de 2009 por la Administradora Concursal, Sra. Gemma Adroher, se ha presentado el informe, junto con el inventario de bienes y derechos del deudor y la lista de acreedores.

La presentación del informe ha sido comunicada a las partes y anunciada por edictos, fijados en el tablón de anuncios del Juzgado y publicados en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber que contra el inventario y la lista de acreedores podrían presentarse impugnaciones en el plazo de cinco días computados, para los acreedores no personados, desde la última publicación del edicto que tuvo lugar el dia 18 de noviembre de 2009.

Tercero.-Que por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación de la Tesorería General de la Seguridad Social se presentó incidente concursal de la lista de acreedores (art. 96.4 de la L.C), registrándose con el número 1363/2009, habiéndose resuelto por medio de Sentencia estimatoria en fecha 3 de febrero de 2010.

Cuarto.-Que en fecha 4 de marzo de 2010 la Administración concursal Sra. Gemma Adroher, presentó los textos definitivos los cuales quedaron en secretaría por providencia de fecha 14 de abril de 2010.

Quinto.-En el presente procedimiento concursal, la Procuradora Sra. Carme Peix Espígol, en nombre y representación de la entidad mercantil Bassegoda Construccions S.L. solicitó, al amparo del artículo 142.1 apartado 1.º, la liquidación del concurso en el suplico de la solicitud de concurso voluntario, aportando, de conformidad con el artículo 6.4 de la ley Concursal, propuesta de plan de liquidacion.

Fundamentos de Derecho

Primero.- Dispone el artículo 142.2 de la ley Concursal que, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores, si no se hubieren presentado impugnaciones o, de haberse presentado, a la fecha en que se pongan de manifiesto los textos definitivos del informe de la administración concursal y de sus documentos complementarios, el Juez, si el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, debe dictar auto poniendo fin a la fase común y abriendo la liquidación del concurso.

Segundo.-En el presente caso, el procedimiento concursal se encuentra en el trámite previsto en el precepto acabado de citar y, por otra parte, el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, por lo que resulta forzoso proceder conforme a lo solicitado, ya que esta petición del deudor resulta vinculante para el juzgador.

Tercero.-Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146 148 y 163.1.2.º de la L.C.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Bassegoda Construccions s.l. con Cif número B-17231853 y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación continuarán en suspenso las facultades de administración y disposición, tal y como ya se acordó en el auto de declaración del concurso de fecha 18 de junio de 2009.

Anunciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el BoletÍn Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Girona.

Entréguense tanto el oficio como el mandamiento, en debida forma a la procurdora Sra. Peix para que cuide de su curso y diligenciamiento.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Lec).

Asi lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 16 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.

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