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Documento BOE-B-2010-16007

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2010, páginas 50915 a 50916 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-16007

TEXTO

Concurso de Acreedores (Abreviado) n.º 77/2010 D.

Edicto

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue Concurso de Acreedores (Voluntario, Abreviado) de la mercantil M.J.B Plastics, S.L. procedimiento, en cuyo seno, en el día de la fecha, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.-Se aprueba la propuesta de liquidación anticipada efectuada por la concursada.

2.-Se aprueba el plan de liquidación en la forma que fue propuesto por la administración concursal en su escrito de fecha 19-02-2010, presentado en el Decanato en fecha 22-2-2010.

3.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado.

El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de esta Ley.

4.-Se decreta la suspensión de la facultades de administración y disposición del deudor sobre sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

5.-Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

6.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art.167 LC.

Dentro de los10 días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración consursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 LC.

8.-Notifíquese la presente resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente y gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Entréguense los despachos acordados a la procuradora Sra. Penadés Pinilla para que cuide de su diligenciado.

Modo de Impugnación: Cocntra esta resolución cabe interponer recurso de apelación...

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el doña Vicenta Zaragoza Fuster, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante. Doy fe."

Alicante, 21 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

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