Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Prestar conformidad al plano, hoja nº 3, de mayo de 2008, en el que se recoge la rectificación, entre los vértices M-304 a M-309, del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos tres mil cuarenta (3.040) metros de longitud, comprendido desde el Barranco Perdomo a la Caleta de Jover, término municipal de La Laguna, isla de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife), aprobado por O.M. de 28 de agosto de 2003, con motivo de la incorporación de terrenos aportados por concesionarios.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."
Madrid, 26 de abril de 2010.- El Coordinador de Área, don José Ramón Martínez Cordero.
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