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Documento BOE-B-2010-16793

Resolución de la Generalitat de Catalunya; Departamento de Economía y Finanzas; Dirección General de Energía y Minas; ECF/ /2010, de 16 de febrero, por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, S.A., la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica de 220 kV doble circuito derivación en la subestación Anoia, en los términos municipales de Vilanova del Camí y La Pobla de Claramunt (Anoia) (exp. 05/48885).

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 11 de mayo de 2010, páginas 53860 a 53864 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-16793

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la avda. Paral·lel, núm. 51, Barcelona, ha solicitado ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas, en nombre del titular de la línea que será la empresa Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en el paseo Conde de los Gaitanes, núm. 177, de Alcobendas, Madrid, la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea de transporte de 220 kV doble circuito derivación a la subestación Anoia, en los términos municipales de Vilanova del Camí y La Pobla de Claramunt.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de acuerdo con la regulación que establece el título 9 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la solicitud mencionada se ha sometido a un periodo de información pública mediante los Anuncios publicados en el DOGC núm. 4619, de 24.4.2006, en el BOE núm. 106, de 4.5.2006, y en el diario La Vanguardia de 26.4.2006.

En fecha 7 de junio de 2006 la empresa Endesa Distribución Eléctrica solicita la suspensión de la tramitación del expediente hasta que se disponga de la modificación del proyecto ejecutivo que Red Eléctrica ha establecido posteriormente al inicio del mencionado expediente.

En fecha 19 de mayo de 2009 la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., presenta una modificación del proyecto, en el que se incluye el tramo de cable subterráneo que transcurre por el interior de la subestación desde el pórtico en la GIS. Esta modificación se ha sometido a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5423, de 17.7.2009; en el BOE núm. 182, de 29.7.2009, y en el diario Avui de 21.7.2009, que sustituye a los publicados en el DOGC núm. 4619, de 24.4.2006, en el BOE núm. 106, de 4.5.2006, y en el diario La Vanguardia de 26.4.2006.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicó a los Ayuntamientos correspondientes la lista de los bienes y los derechos afectados por la instalación, para que lo expongan al público por un plazo de 20 días, a fin de que las personas interesadas puedan consultarla y puedan corregir, en su caso, los posibles errores u omisiones que pueda haber, así como formular las alegaciones que crean procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto mencionado.

Asimismo de acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe a la Dirección General de Carreteras, al Ayuntamiento de La Pobla de Claramunt y al Ayuntamiento de Vilanova del Camí, que previa reiteración no se han manifestado por lo que se entiende su conformidad al proyecto y a la Agencia Catalana del Agua, cuyos condicionados han sido aceptados por la empresa peticionaria.

De acuerdo con la Ley 17/2007, de 4 de julio, de modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se informa el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, el cual no se manifiesta dentro del plazo otorgado.

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., durante la tramitación del expediente ha presentado casi todos los permisos de los propietarios afectados por la mencionada instalación eléctrica.

De los propietarios afectados ha presentado alegaciones dentro del plazo otorgado, la señora Anna Palà Estruch, la cual manifiesta que la clase de terreno es de cultivo y que el trazado actual impide construir en la finca una nave agrícola y por lo tanto solicita el cambio de trazado del apoyo y de la línea. Puesto en conocimiento de la empresa peticionaria, esta manifiesta que la clasificación del terreno se tendrá en cuenta en el momento de proceder a la valoración de los mismos. Referente al trazado de la línea se ha considerado el más directo a la subestación y por lo tanto de menor impacto, ya que otro trazado afectaría a otros propietarios.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

De acuerdo con lo que dispone el artículo 3, apartado 3.c), de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en relación con el artículo 7, apartado a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, resuelvo:

-1 Otorgar la autorización administrativa de la línea aérea de transporte de energía eléctrica de 220 kV doble circuito derivación a la subestación Anoia a la empresa Red Eléctrica de España, S.A., en los términos municipales de Vilanova del Camí y La Pobla de Claramunt.

-2 Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a información pública en el Anuncio publicado al DOGC núm. 5423, de 17.7.2009, y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

-3 Aprobar el Proyecto de ejecución de la instalación, con las características técnicas siguientes:

Descripción de la instalación:

La nueva línea en 220 kV se iniciará en el nuevo apoyo de empalme T-272 bis, entre los apoyos T.272 y T.273 de la línea doble circuito Pobla-Rubí 220 kV, en el término municipal de La Pobla de Claramunt, hasta la futura subestación Anoia, en el término municipal de Vilanova del Camí, con una longitud total de 0,800 km.

Desde el nuevo apoyo T-272 bis se llegará a los nuevos apoyos a instalar, T.1, T.2, T.3 hasta el pórtico de la subestación. Desde el pórtico de la subestación y mediante una conversión aérea-subterránea, los conductores de la línea serán conducidos por una canalización hasta los terminales del GIS en el interior de la subestación.

El cableado entre los apoyos T.272-T.272 bis y T.272 bis-T.273 de 201 y 195 m de largo respectivamente, se tendrán que cortar y retensar.

Línea aérea:

Sistema: corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 220 kV.

Tensión más elevada de la línea: 245 kV.

Temperatura máxima del conductor: 85 ºC.

Capacidad térmica de transporte por circuito s/ Real Decreto 2819/1998: 894 MVA.

Núm. de circuitos: 2.

Núm. de conductores por fase: 2.

Tipo de conductor: CONDOR AW.

Núm. de cables tierra-óptico: 2.

Tipo de aislamiento: bastones de goma de silicona.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Fundamentación: de zapatos individuales.

Posadas en el suelo: anillos cerrados de acero descarburado.

Longitud total: 0,800 km.

Línea subterránea:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 220 kV.

Núm. de circuitos: 2.

Núm. de conductores: 6.

Tipo de conductor: Voltalene H composite.

Composición del conductor: 1x2000/240 mm² Cu 127/220kV.

Longitud: 0,07 km.

Finalidad: Reforzar la red de transporte en el área de la Anoia con el fin de mejorar el suministro de energía eléctrica en las adecuadas condiciones de fiabilidad y seguridad.

Presupuesto: 1.038.011,16 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, como también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y se somete a las condiciones especiales siguientes:

-1 Las instalaciones se tienen que hacer de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico industrial señor Jordi Flores Ardiaca y visado en fecha 29.4.2009, con el núm. 109367, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Manresa, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y se autoricen.

-2 La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, de acuerdo con el régimen transitorio establecido en el mencionado Real Decreto; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de Seguridad Industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

-3 La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

-4 El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

-5 La Dirección General de Energía y Minas puede llevar a cabo, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

-6 Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al órgano administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de noticia que se produzcan durante la ejecución y también su finalización.

La comunicación del final de las obras se acompañará con el certificado de dirección y fin de instalación que acredite que se ajustan al proyecto de ejecución aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y las disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas a cabo.

-7 La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se imponen.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

-8 Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o las licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante del consejero del departamento de Economía y Finanzas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 16 de febrero de 2010.- Don Agustí Maure i Muñoz, Director General de Energía y Minas.

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