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Documento BOE-B-2010-18795

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV denominada "La Mudarra-La Robla", en los tramos comprendidos entre los apoyos 82-86, 95-97 y 118-122, en la provincia de León.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 27 de mayo de 2010, páginas 61164 a 61166 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2010-18795

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo en León de la Junta de Castilla y León, a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa de la modificación de la instalación que se cita.

Resultando que con motivo del proyecto de construcción por parte del Ministerio de Fomento de la autovía A-60 entre Valladolid y León en el tramo que pasa por los términos municipales de Santas Martas y Villasabariego, "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, ha solicitado realizar las modificaciones establecidas en esta autorización, con el fin de adecuar al Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión la zona de influencia que presenta el mencionado proyecto.

Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha sometido a información pública la petición de Red Eléctrica de España, no habiéndose recibido alegaciones.

Resultando que enviadas separatas del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a la Unidad de Carreteras del Estado en León perteneciente al Ministerio de Fomento, ésta emite informe favorable respecto a las modificaciones planteadas.

Resultando que se remite separata del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Duero y se solicita la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe favorable, en el que se establece un condicionado técnico. Una vez trasladado dicho informe a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", ésta responde que "toma razón del mismo y se compromete al cumplimiento de las condiciones referidas, en virtud de lo establecido en el proyecto de ejecución presentado y siempre que se den los supuestos de hecho a los que hace referencia dicho informe."

Resultando que con fecha 8 de septiembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe a "Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima", en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 22 de octubre de 2009; no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Santas Martas el 8 de septiembre de 2009, a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; este Ayuntamiento emite informe favorable con fecha 14 de octubre de 2009.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Valdefresno y al Ayuntamiento de Villasabariego el 8 de septiembre de 2009, a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; no se recibe respuesta en el plazo reglamentario, por lo que se entiende emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que según consta en el expediente, el Ministerio de Fomento se compromete a poner a disposición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, los terrenos afectados por el establecimiento de apoyos y servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica como consecuencia del nuevo trazado de la línea proyectado en la presente modificación.

Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Castilla y León.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el capítulo II del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV "La Mudarra-La Robla", en los tramos comprendidos entre los apoyos 82-86, 95-97 y 118-122, cuyas características principales son:

Variante entre apoyos 82-86: Se instalarán cuatro nuevos apoyos, desmontando los tres actuales, modificando el trazado actual de la línea de tal forma que con la nueva traza no se produce ningún cruzamiento con la autovía.

Apoyo 83: Se situará a 291 m del 82, en la traza de la línea.

Apoyo 83 bis: Se situará a 369 del anterior en una ubicación nueva.

Apoyo 84: Se colocará un apoyo a 384 del anterior en una ubicación nueva.

Apoyo 85: Se situará a 466 m del anterior, en la traza de la línea.

Modificación del apoyo 96: Se montará un nuevo apoyo situado a 25 m del actual, hacia el 95 estando sobre la traza actual de la línea.

Modificación del apoyo 120: Se instalarán dos nuevos apoyos a ambos lados de la autovía el 120 y 120 bis, desmontando el actual y sin modificar montará un nuevo apoyo situado a 25 m del actual, hacia el 95 estando sobre la traza actual de la línea.

Apoyo 120: Se situará a 216,85 m del actual en la misma alineación, en dirección al apoyo 121

Apoyo 120 bis: Se montará un nuevo apoyo a 124,43 m del actual en dirección al apoyo 121, en la misma traza de la línea.

Tensión: 400 kV.

Número de circuitos: 2 trifásicos.

Conductores: La fase está formada por dos conductores de aluminio-acero de 454,5 mm² de sección y 27,72 mm de diámetro, tipo "Condor".

Cables de tierra: Dos, tipo Ac-70. En el tramo de nueva traza, comprendido entre los apoyos 83 y 85 se tenderá nuevo cable de tierra del tipo Alumoweld 7n°7, manteniéndose para el resto de los tramos el cable existente.

Aislamiento: Cadenas dobles de 23 aisladores de vidrio, tipo U160BS para las cadenas de amarre y por cadenas simples de 23 aisladores de vidrio, tipo U160BS para las cadenas de suspensión.

Apoyos: Se utilizarán apoyos metálicos normalizados por Red Eléctrica de España, tipo 2012 para los nuevos apoyos número 96, número 120 y número 120 bis, de configuración tipo "Danubio", tipo 43ª3 para los nuevos apoyos número 83, número 84 y número 85, y tipo 43S1 para el nuevo apoyo número 83 bis, de configuración tipo "Doble bandera", según se especifica en el proyecto de ejecución.

Cimentaciones: Serán de macizos independientes para cada pata del apoyo, constituidas por anclajes de perfil de acero, embebidos en bloques de hormigón en masa de 200 kg/cm² de resistencia característica mínima.

Puesta a tierra: Se realizará mediante anillos concéntricos alrededor de los apoyos, constituidos por varillas de acero descarburado de 8 mm de diámetro, reforzados en los casos en que sea necesario, con picas de acero descarburado, garantizando que el valor de la resistencia de difusión a tierra sea inferior a 20 ohmios.

La finalidad de la modificación de la línea es adecuar al Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión la zona de influencia que presenta el proyecto de construcción de la autovía A-60: Valladolid-León, en el tramo Santas Martas- León

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por las disposiciones que resulten aplicables.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de mayo de 2010.- El Director General, Antonio Hernández García.

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