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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 12 de mayo de 2010, en uso de las facultades que le confiere el Art. 40.5.ñ) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Disposición Final Segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó otorgar concesión administrativa a "Tornillería y Servicios, Sociedad Limitada", con las siguientes condiciones específicas:
· Ocupación de dominio público: 1.000 metros cuadrados.
· Destino: Suministro de maquinaria y accesorios para la industria.
· Plazo de vigencia: 15 años.
· Tasas:
- Ocupación privativa del dominio público portuario: 22.378,76 euros/año.
- Actividad: 0,45% del volumen de negocio desarrollado en el puerto, con un volumen mínimo de negocio de 1.000.000 euros/año. La cuantía mínima anual a abonar por este concepto no podrá ser en ningún caso inferior al 20% de la Tasa por Ocupación Privativa del Dominio Público Portuario.
Lo que se publica para general conocimiento.
Huelva, 28 de mayo de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración. Fdo.: José Antonio Marín Rite.
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