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Documento BOE-B-2010-22803

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 2010, páginas 75286 a 75287 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-22803

TEXTO

Edicto.

Doña María del Carmen Romero Chamorro, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra,

Hago saber: Que en dicho Juzgado y con el número 225/1993 se tramita procedimiento de juicio ejecutivo a instancia del "Banco Pastor, S.A.", contra Faustino Constantino Guiance Méndez, Manuela del Castillo Gómez y "Antigüedades Cofre, S.A.", en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta:

Providencia. Juez/Magistrado Ignacio de Frías Conde.

En Pontevedra, a 3 de junio de 2010.

El presente escrito, de fecha 10 de marzo de 2010, presentado por el procurador señor López López únase a los autos de su razón, y de conformidad con lo solicitado se acuerda sacar a pública subasta por segunda vez y término de 20 días los bienes que se pretenden enajenar, con la rebaja del veinticinco por ciento del tipo que sirvió de base para la primera, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado el día 4 de octubre de 2010, a las nueve treinta horas.

Anúnciese el acto público por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Diario de Pontevedra" y "Boletín Oficial del Estado", previniéndose a los licitadores que para tomar parte en la subasta deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número 3590.0000.15.0225.93, una cantidad igual, por lo menos, al veinte por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos; que podrán hacerse posturas en sobre cerrado desde el anuncio hasta su celebración, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente; que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avaluó haciéndose constar que únicamente el ejecutante podrá realizar posturas con la calidad de ceder el remate a terceros.

Los autos y la certificación registral que suple los títulos de propiedad, estarán de manifiesto en la Secretaría del juzgado donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación existente y que las cargas anteriores y las preferentes, si las hubiere, quedarán subsistentes sin destinarse a su extinción el precio del remate y se entenderá que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas.

Para el caso de que no hubiera licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 8 de noviembre de 2010, a las nueve treinta horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma, el veinte por ciento del tipo que sirvió de base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrase la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, exceptuando los sábados, a la misma hora.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Por exigirlo así la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la interposición de recurso contra la anterior resolución exige la constitución del depósito de 25 euros mediante ingreso en efectivo, en cualquier sucursal del Banesto, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial, expediente 3590.000.05.

El depósito de la expresada suma deberá acreditarse al interponer el recurso, a cuyo escrito se adjuntará copia del resguardo o de la orden de ingreso, sin cuyo requisito no será admitido a trámite.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Lo manda y firma, doy fe.-El/la Magistrado-Juez.-El/la Secretario.

Con las prevenciones siguientes:

Primero.-Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del precio fijado para esta subasta, que es el setenta y cinco por ciento de la primera.

Segundo.-Que los licitadores para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banesto número 3590.0000.15.0225.93, una cantidad igual, por lo menos, al veinte por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el número y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques.

Tercero.-Únicamente el ejecutante podrá concurrir con la calidad de ceder el remate a terceros.

Cuarto.-En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.

Quinto.-Los autos y la certificación registral que suple los títulos de propiedad, estarán de manifiesto en la Secretaría del juzgado donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación existente y que las cargas anteriores y las preferentes, si las hubiere, quedarán subsistentes sin destinarse a su extinción el precio del remate y se entenderá que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Bienes que se sacan a subasta y su valor: Finca número 14.788 del Registro de la Propiedad número 1 de Pontevedra, sita en la calle José Millán, 9, de Pontevedra. Valor de tasación del bien: 153.076,50 euros.

Pontevedra, 3 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.

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