Antecedentes de hecho:
Primero.- Con fecha de 29 de enero de 2010, d. Miguel González Ruiz, en nombre y representación de la entidad Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en la Moraleja, Alcobendas, 28109-Madrid, Paseo Conde de los Gaitanes, 177, solicitó la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
A tal efecto se adjuntó el Proyecto de Ejecución de Ampliación y Modificación del Parque de 220 KV de la Subestación de Los Barrios. Nueva posición Cañuelo, en el Término Municipal de Los Barrios, y la relación de propietarios de los terrenos afectados.
Segundo.- De conformidad con el artículo 144 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante RD 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz número 57 de 26/03/2010, BOJA número 68 de 09/04/2010, BOE número 72 de 24/3/2010 y en el Diario El Faro de fecha 23/03/2010 Del mismo modo, se publico en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Barrios, durante el periodo de 20 días, no habiéndose producido alegaciones durante dicho periodo
Tercero.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, se le dio traslado de separata al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a fin de la emisión del informe correspondiente contemplado en dicha normativa, sin que hasta el día de hoy se haya recibido respuesta.
Cuarto.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, fueron notificados los Organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto el Ayuntamiento de Los Barrios y Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., habiendo recibido respuesta de conformidad o no oposición por ambos organismos.
Fundamentos de Derecho
Esta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada autorización y aprobación del proyecto, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 14/2010 de 22 de Marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y 134/2010, de 13 de abril por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA n° 59, de 28/03/2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, Resuelve:
Otorgar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, autorización administrativa, aprobación del proyecto y declarar en concreto la utilidad pública a los efectos señalados en el Artículo 54 de la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y del Articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicara la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes
Descripción de la instalación: ampliación y modificación del parque de 220 kv de la subestación de Los Barrios. Nueva posición Cañuelo en el término municipal de los barrios (Cádiz)
Lugar donde se va a establecer la instalación: Subestación 'Los Barrios".
Término municipal afectado: Los Barrios.
Finalidad: Ampliación de la Subestación Los Barrios para conexión con la futura subestación Cañuelo.
Características Fundamentales.
Composición de la Ampliación de la Subestación Los Barrios.
Parque 220KV:
Posición 1: Pinar del Rey (no se modifica)
- 3 Transformadores de Tensión capacitivos.
- 3 Transformadores de Tensión inductivos.
- 1 Seccionador.
- 2 Líneas de tierra.
- 3 Pararrayos.
Celda 12:
- 3 Transformadores de intensidad (nuevos).
- 2 Seccionadores (1 nuevo).
Posición 2: TR-1
- 3 Transformadores de tensión inductivos (nuevos).
Celda 23:
- 3 Transformadores de intensidad (nuevos).
- 2 Seccionadores (1 nuevo).
Posición 3: Cañuelo
- 3 Transformadores de tensión inductivos (nuevos).
- 3 Pararrayos (nuevos).
- 1 Seccionador.
Celda 34 (no se modifica):
- 3 Transformadores de Intensidad.
- 3 Seccionadores.
Posición 4: TR-3 (Reserva)
Celda 45: (no se modifica)
- 2 Seccionadores.
Posición 5: TR-2
- 3 Transformadores de tensión inductivos (nuevos).
Celda 51: (no se modifica)
- 3 Transformadores de intensidad.
- 2 Seccionadores.
Servicios Auxiliares:
- Posición 400/230 Vca (nuevo).
- Nuevo bastidor integrado l25Vcc (nuevo).
- Nueva posición de 48 Vcc (nuevo).
Sistemas de control, protección y telemando.
Referencia: AT: 11312/10.
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen
3. El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente resolución
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
8. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de Alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 15 de junio de 2010.- La Delegada Provincial, Angelina María Ortiz del Río.
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