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Documento BOE-B-2010-24629

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2010, páginas 80189 a 80189 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-24629

TEXTO

Edicto

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario abreviado nº 30/2009, por el Procurador don Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de Romero Sanz, S.L., se ha dictado auto de fecha 16 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es como sigue:

Acuerdo:

1.º Se aprueba la liquidación anticipada formulada por el deudor Romero Sanz, S.L., en los términos que constan en el Plan aportado junto con la solicitud de concurso, con la siguiente modificación:

Se autoriza la venta directa de los bienes hipotecados a favor de Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, en lugar de la enajenación de los mismos en subasta judicial.

Que supletoriamente, se dé traslado a Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad en su calidad de parte ejecutante y acreedor con privilegio especial, y sin necesidad de consignar cantidad alguna, de las posturas que se hicieren en la subasta judicial.

2.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

3.º Queda disuelta la concursada Romero Sanz, S.L., y cesan los admi­nistradores que serán sustituidos por la administración concursal

4.º Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dine­ro de los que consistan en otras prestaciones.

5.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en BOE, el Registro Público Concursal y el tablón de anuncios del Juzgado, sin que se estime necesario ninguna otra publicación.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil.

6.º Fórmese la Sección Sexta de Calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Madrid, 17 de junio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

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