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Una vez advertidos errores en la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares y en el pliego de prescripciones técnicas que rigen la licitación publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea de fecha 22 de junio de 2010 (2010/S119-180143), en el Boletín Oficial del Estado Nº 157 de fecha 29 de junio de 2010 y en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Galicia Nº 128 de fecha 7 de julio de 2010,
Dispongo:
Primero.- Realizar las modificaciones oportunas en la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares en el apartado 9 añadiendo el párrafo siguiente:
"9.4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la LCSP, el sistema de determinación del precio consiste en un tanto alzado que resulta del cómputo de diferentes precios tomados de manera orientativa para cada uno de los productos que integran el suministro.
En todo caso, serán inadmisibles las ofertas de mayor importe a los valores estimados (sin IVA) especificados en el apartado 9.1 de esta hoja de especificaciones".
Segundo.- Realizar las modificaciones oportunas en el pliego de prescripciones técnicas de la siguiente forma: donde dice "prezos unitarios" debe decir "prezos".
Tercero.- Proceder a la publicación del texto corregido en los apartados señalados de la hoja de especificaciones y del pliego de prescripciones técnicas.
Los textos corregidos podrán consultarse en la dirección de Internet:
http://www.contratosdegalicia.es/resultado.jsp?N=14356
Cuarto.- Fecha de envío de dicha modificación al DOUE: 19 de julio de 2010.
Quinto.- La publicación de esta resolución modifica el plazo de presentación de ofertas, que finalizará el 3 de septiembre de 2010 a las 14.00 horas.
Sexto.- En consecuencia, se modifica la apertura de la documentación del sobre B que tendrá lugar el 14 de septiembre de 2010, a las 10:00 horas y la apertura de la documentación del sobre C, que será el 21 de septiembre de 2010, a las 10:00 horas.
Santiago de Compostela, 19 de julio de 2010.- La Conselleira de Trabajo y Bienestar, P.D. (Art. 1 de la Orden del 19.08.2009), Cristina Ortiz Dorda.
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