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Documento BOE-B-2010-27541

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 2010, páginas 87919 a 87919 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-27541

TEXTO

Edicto

Don José Javier García Valentín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 0000373/2010 se ha dictado a instancias de Vicente García Porto, S.L., Raices de Milladoiro, S.L.U., en fecha 28 de junio de 2010 auto de declaración de concurso voluntario de Vicente García Porto, S.L. y Raices de Milladoiro, S.L.U., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Santiago de Compostela.

2º.- Se ha acordado la conservación de las facultades de administración y disposición por parte de la deudora que quedará sometida a la intervención de la administración concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e intereses e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal)

A Coruña, 20 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

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