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Documento BOE-B-2010-27735

PUERTO DE LA CRUZ

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 3 de agosto de 2010, páginas 88211 a 88211 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-27735

TEXTO

Edicto.

Doña Elena Guerra Morales Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz,

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento Exequator, 670/2009 a instancia de don Miguel Antonio Morey Soler, en el que se ha acordado la publicación de la cédula, cuyo tenor literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento.

Tribunal que ordena emplazar.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz.

Asunto en que se acuerda.

El Exequator seguido entre partes: Don Miguel Antonio Morey Soler, frente a Doña Susan Fischer Castilla, sobre solicitud de reconocimiento y ejecución de sentencia extranjera.

Persona a la que se emplaza.

Nombre: Doña Susan Fischer Castilla.

Objeto del emplazamiento.

Comparecer ante este Juzgado, representada por Procurador y asistida de Letrado, y alegar lo que a su derecho convenga sobre la solicitud de reconocimiento y ejecución en España de sentencia extranjera dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil y mercantil de Aragua (Venezuela).

Plazo para el personamiento.

9 días hábiles, contados desde el siguiente a la entrega de esta cédula.

Prevenciones legales.

Los plazos establecidos en esta Ley son improrrogables. Transcurrido el plazo para la realización de un acto procesal de parte, se producirá la preclusión y se perderá la oportunidad de realizar el acto de que se trate (Artículos 134.1 y 136 Ley Enjuiciamiento Civil).

De no comparecer se le declarará en situación de rebeldía procesal (Artículo 496 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Puerto de la Cruz, 4 de mayo de 2010.- La Secretaria.

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