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Documento BOE-B-2010-27993

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 4 de agosto de 2010, páginas 89052 a 89053 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-27993

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona.

D. Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 331/09 se ha dictado en fecha 8 de julio de 2010 sentencia aprobando el convenio propuesto por la concursada Construcciones Gloria y Valiente, S.L., cuyo encabezamiento y fallo son los que siguen:

"Sentencia número 77/10.

En Tarragona, a ocho de julio de dos mil diez.

Vistos por mí, Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 7, Mercanil 1 de Tarragona, los presentes autos de Concurso Voluntario, seguidos con el número 331/09, promovidos por Construcciones Gloria y Valiente, S.L., representada por el Procurador Sr. Garrido, y asistida por el letrado Sr. Sanromá y atendiendo a los siguientes,

Fallo.

Debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario Construcciones Gloria y Valiente, S.L., que fue aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 12 de mayo de 2010 y que consta parcialmente en el Antecedente de Hecho Tercero de la presente Resolución.

Se decreta el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

Se decreta el cese de los administradores concursales, designados por este Juzgado. Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución Juez del concurso.

Requiérase al deudor a fin de que, con perioricidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sententencia en el Boletín Oficial del Estado e igualmente espídase mandamientos a los Registros de la Propiedad conde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor y en los que se anotó preventivamente en el folio correspondiente a cada uno de ellos la intervención o, en su caso, la suspensión de sus facultades de administración y disposición, con expresión de la fecha de esta sentencia y del convenio aprobado, líbrense, igualmente mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincila de Tarragona (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugnan (artículo 457.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin el cual no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto.

La consignación deberá acreditarse en el momento de la preparación del recurso.

Están exentos de constituir el depósito los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de los mismos.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: leída y publiicada fue la anterior sentencia por la Magistrada-Juez que suscribe, estando celebrando Audiencia Pública en el día de su fecha. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en

Tarragona, 8 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

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