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Documento BOE-B-2010-28097

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 5 de agosto de 2010, páginas 89213 a 89214 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-28097

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia número 21 de Madrid.

Juicio Extravío, Sustracción, Letra de Cambio, Pagare. 1019/2009

Parte Demandante, Suministros y Bombeos de Hormigón, Sociedad Limitada.

Parte Demandada, Caixa Cataluya, Caja Madrid, Retiro Construcciones, Sociedad Anónima.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Diligencia de Ordenación.

Juez/Magistrado-Juez, Señor/a:

Doña María del Carmen Pérez Elena.

En Madrid, a 9 de julio de 2010.

Dada cuenta,

Visto el estado de las presentes actuaciones, procédase, como ordena los artículos 85 y 87 de la Ley Cambiaria y del Cheque, a publicarse la denuncia en el Boletín Oficial del Estado mediante entrega a la parte actora de la diligencia de ordenación y el edicto y transcurrido un mes desde la publicación de la denuncia sin que nadie la contradiga, el Juez dictará sentencia en la que se declarará la amortización del título.

Modo de Impugnación: Recurso de reposición en el plazo de 5 días, desde su notificación, ante el Secretario que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Publicación de la Denuncia

Suplico al Juzgado, que teniendo por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan, se sirva admitirlo teniendo por formulada denuncia por extravío del pagaré emitido a favor de Suministros y Bombeos de Hormigón, Sociedad Limitada, número 9.964.422 1 8200.3, con valor nominal de siete mil quinientos siete euros con cuatro céntimos de euro (7507,04 euros), y fecha vencimiento el 10 de mayo de 2009, tenerme por parte en la representación que ostento y previstos los demás trámites legales, se dicte sentencia, en la que se declare amortizado el efecto cambiario cuyo extravío se denuncia, y solicitando expresamente que mi representada, en calidad de acreedor reciba de Retiro Construcciones, Sociedad Limitada, la cantidad de siete mil quinientos siete euros con cuatro céntimos de euro (7507,04 euros) por medio de transferencia bancaria u o cheque bancario conformado puesto que el pagaré extraviado se encuentra vencido, todo ello con expresa imposición de costas a quien se opusiere en el presente expediente judicial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se publica la diligencia de ordenación y la denuncia.

Madrid, 9 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

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