D.ª María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 814/08 referente al concursado Arrendamientos Vantisa, S.L. por auto de fecha 20 de julio de 2010 se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio por haberse inadmitido el convenio presentado mediante auto de 5 de julio de 2010 aclarado por otro de 8 de julio de 2010.
Segundo.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 22 de julio de 2010.
Tercero.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143,1.º de la Ley Concursal.
Cuarto.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Quinto.- Declarar el cese de los administradores sociales o liquidadores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Madrid, 20 de julio de 2010.- La Secretario Judicial.
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