Hechos.
Primero.-Con fecha 6 de Noviembre de 2008, ENDESA GAS DISTRIBUCIÓN, S.A.U., solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de la instalación de gas natural referenciada.
Segundo.-De acuerdo con el artículo 78 y 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y Resolución de 29 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre normas aclaratorias, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en: BOE n.º 73, de fecha 26 de Marzo de 2009, BOP de Jaén, de fecha 27 de Enero de 2009, periódicos Ideal y Diario Jaén de fecha 03 de Marzo de 2009, así como en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Begíjar y el Ayuntamiento de Baeza según respectivas diligencias de fechas 3 y 4 de Marzo de 2010. Se produjeron alegaciones al proyecto en relación con la titularidad de las fincas identificadas como J-BG-205 y J-BG-217 cuyos titulares actuales son los que figuran en la relación modificada que se incluye en esta Resolución.
Tercero.-De conformidad con los arts. 80, 84 y 98 del citado Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las distintas Administraciones, Organismos y empresas de servicios públicos afectados por la instalación.
Fundamentos de Derecho.
Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para conceder la citada autorización, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, de las viceconsejerías y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales y Resolución de 29 de enero de 2004, de la citada Dirección General, sobre normas aclaratorias para la autorización administrativa, reconocimiento en concreto de utilidad pública, aprobación de proyecto de ejecución y autorización de explotación, transmisión y cierre de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado.
Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de Diciembre de 1954.
En virtud de los preceptos legales citados y a la vista del expediente de referencia, esta Delegación Provincial, resuelve:
Primero.-Conceder Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración de Utilidad Pública de ejecución a ENDESA GAS DISTRIBUCIÓN, S.A.U., para realizar la siguiente instalación de gas natural.
Descripción de la instalación:
Expediente: GAS 2988.
Finalidad: Ramal para suministro de gas natural a cogeneración Puente del Obispo.
Características de la instalación:
Presión máxima Antena Principal en Ac.:16 bar de diámetro 6".
Presión máxima de ramales PE: 5 bar.
Caudal inicial: 7500 Nm³/h.
Términos municipales: Begíjar y Baeza.
Término municipal Begíjar: 762,61 metros.
Término municipal Baeza: 873,93 metros.
Total: 1638, 54 metros.
Indicio posición P-02 Puente del Obispo perteneciente al Gasoducto primario Linares-Úbeda-Villacarrillo.
Final: Arqueta con válvula junto a las instalaciones de Cía Energética Puente del Obispo, S.L.
Ubicación: T. M. de Begíjar y (Puente del Obispo), T.M. de Baeza (Jaén).
1.º Las obras y pruebas deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y cumpliendo, en todo caso, lo indicado en los Reglamentos y demás normativa que le es de aplicación.
2.º Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que corresponda otorgar a otros organismos, entidades o particulares.
3.º El plazo de puesta en marcha será de 12 meses, contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Resolución.
4.º El titular de las citadas instalaciones, dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de reconocimiento definitivo del Acta de Puesta en Servicio. A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra, suscrito por técnico facultativo competente, pruebas, certificados de soldaduras, homologación de aparatos, etc, conforme a la reglamentación en vigor
5.º La Administración Autonómica dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas por ella
Segundo.-Declarar la utilidad pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa lo que lleve implícita:
Uno.- Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.
Dos.- Para las canalizaciones:
a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de dos (2) metros, uno(1) metro a cada lado del eje por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros(50 cm), así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros(2m) a contar del eje de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior de cinco metros(5m) del eje del trazado, a uno y a otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.
3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, de los daños que se ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
5. Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.
RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO
Abreviaturas utilizadas: PO= Posición, m.l=metro lineal, OT=ocupación temporal, SERV=servidumbre, POLIG=polígono, PARC=parcela
Localidad: Begíjar
FINCA Nº |
TITULAR |
SERV. m2 |
SERV. m.l |
OT m² |
POLIG. |
PARC. |
NATURALEZA |
J-BG-200 |
CARMEN PERALES LOPEZ |
112 |
56 |
560 |
9 |
103 |
Olivar Regadío |
J-BG-201 |
ENCARNACIÓN PERALES LOPEZ |
40 |
20 |
190 |
9 |
104 |
Olivar Regadío |
J-BG-202 |
AYUNTAMIENTO DE BEGIJAR |
14 |
7 |
70 |
9 |
9004 |
Camino. |
J-BG-203 |
MARÍA FERNÁNDEZ CHECA |
22 |
11 |
170 |
9 |
143 |
Olivar Regadío |
J-BG-204 |
JOSEFA MOLINA JIMÉNEZ |
80 |
40 |
400 |
9 |
140 |
Olivar Regadío |
J-BG-205 |
ANTONIO SOLA ORTEGA |
48 |
24 |
240 |
9 |
139 |
Olivar Regadío |
J-BG-206 |
CATALINA FERNÁNDEZ CABRERO |
62 |
31 |
312 |
9 |
137 |
Olivar Regadío |
J-BG-207 |
JOSE L. PERALES PEÑA |
26 |
13 |
260 |
9 |
134 |
Olivar Regadío |
J-BG-208 |
JOSE L. PERALES PEÑA |
30 |
15 |
148 |
9 |
133 |
Olivar Regadío |
J-BG-208/1 |
ANDRES LECHUGA FERNÁNDEZ |
108 |
54 |
510 |
9 |
130 |
Olivar Regadío |
J-BG-209 |
AYUNTAMIENTO DE BEGIJAR |
22 |
11 |
113 |
9 |
9005 9007 |
Y Camino |
J-BG-209/1 |
ANTONIO SÁNCHEZ MORENO |
108 |
54 |
505 |
9 |
131 |
Olivar Regadío |
J-BG-210 |
JOSE LUIS PERALES PEÑA |
24 |
12 |
239 |
9 |
132 |
Olivar Regadío |
FINCA Nº |
TITULAR |
SE. m2 |
SP m.l |
OT m² |
POL. |
PAR |
NATURALEZA |
J-BG-210/1 |
JOSE LUIS PERALES PEÑA |
142 |
71 |
672 |
9 |
135 |
Olivar Regadío |
J-BG-211 |
ADIF. JEFAT. TERRIT. DE MANT. DE INFRAES. |
36 |
18 |
252 |
9 |
9008 |
Ferrocarril Linares |
J-BG-212 |
JOSE LUIS PERALES PEÑA |
300 |
150 |
1500 |
9 |
226 |
Olivar Regadío |
J-BG-213 |
JOSE LUIS PERALES PEÑA |
30 |
9 |
225 |
Olivar Regadío |
||
J-BG-214 |
BLAS FERNANDEZ CABRERA |
70 |
35 |
370 |
9 |
227 |
Olivar Regadío |
J-BG-215 |
ANTONIO MENDOZA TRIBALDOS |
66 |
33 |
330 |
9 |
228 |
Olivar Regadío |
J-BG-216 |
JUANA FDEZ. CHECA |
60 |
30 |
300 |
9 |
229 |
Olivar Regadío |
J-BG-217 |
CONFEDER. HIDROGR. DEL GUADALQUIVIR |
140 |
70 |
740 |
9 |
213 |
Árboles de Ribera |
J-BG-218 |
CONFEDER. HIDROGR. DEL GUADALQUIVIR |
40 |
20 |
280 |
9 |
9010 |
Río Guadalquivir |
Localidad: Baeza(Jaén)
FINCA Nº |
TITULAR |
SERV m2 |
SERV m.l |
OT m² |
POLIG |
PARC |
NATURALEZA |
J-BZ-600 |
CONFEDER. HIDR. DEL GUADALQUIVIR |
140 |
70 |
810 |
35 |
389 |
Árboles de Ribera |
J-BZ-601 |
CATALINA RAYA MELGARES |
220 |
110 |
800 |
35 |
40 |
Olivar Regadío |
J-BZ-602 |
CATALINA RAYA MELGARES |
70 |
35 |
50 |
Olivar Regadío |
||
J-BZ-603 |
AYUNTAMIENTO DE BAEZA |
320 |
160 |
960 |
35 |
9010 |
Camino |
J-BZ-604 |
AYUNTAMIENTO DE BAEZA |
26 |
13 |
150 |
35 |
9012 |
Camino |
J-BZ-605 |
ANTONIO J. PERALES RAYA |
612 |
306 |
3060 |
35 |
439 |
Olivar Regadío |
J-BZ-606 |
OLEICOLA LA LABOR, S.L. |
226 |
113 |
1130 |
35 |
440 |
Labor Regadío |
J-BZ-607 |
OLEICOLA LA LABOR, S.L. |
156 |
78 |
780 |
35 |
441 |
Labor Regadío |
INSTALACIONES AUXILIARES
Localidad: Baeza(Jaén)
FINCA Nº |
TITULAR |
SERV m2 |
SERV m.l |
OT m² |
EXP. m² |
POLIG |
PARC |
NATURALEZA |
J-BZ-607 PO |
OLEICOLA LA LABOR, S.L. |
0 |
0 |
0 |
4 |
35 |
441 |
Labor Regadío |
Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero.
Jaén, 22 de junio de 2010.- El Director General de Industria, Energía y Minas, P.D. (Resolución 23-2-2005), el Delegado Provincial, Manuel Gabriel Pérez Marín.
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