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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo, en su sesión celebrada el día 30 de julio de 2010, acordó aprobar las prescripciones particulares para la prestación del servicio portuario básico de practicaje en el Puerto de Vigo.
Lo que se hace público para conocimiento general, de conformidad con el artículo 65.3 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
Dichas prescripciones de encuentra a disposición de los interesados en el Departamento de Secretaria General de la Autoridad Portuaria de Vigo, Praza da Estrela, 1 Vigo, y en la página web www.apvigo.com.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer indistintamente:
Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo de conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 4/99 de modificación de Ley 30/92 del RJAP y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.
Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.
Vigo, 4 de agosto de 2010.- La Presidenta, Corina Porro Martínez.
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