Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-30816

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 7 de septiembre de 2010, páginas 97153 a 97153 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-30816

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil Número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 431/2010, por auto de se ha declarado en concurso voluntario a los deudores Huelva Comunicación, Sociedad Limitada, Onda Giralda, Sociedad Anónima, Aspavine, Sociedad limitada, Natec Nuevas Tecnologías, Sociedad Limitada (NATEC), Par 27, Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Anónima (Par 27), Lateral Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Anónima (Lateral Desarrollos), Energías Eólicas Lince, Sociedad Anónima (Lince), Lateral Inversiones Al´Andalus, Sociedad Limitada Unipersonal (Lateral), Globalmet, Sociedad Anónima (Globalmet), Global Consulting Partners, Sociedad Limitada (Global), sociedad dominante tiene el centro de sus intereses principales en que coincide con el lugar de su domicilio en Madrid calle Alfonso XI, 7, 2ª.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.

La comunicación de los créditos deberá efectuarse por medio de escrito presentado ante el Registro General de escritos civiles sito en la calle Capìtán Haya, 66, de Madrid y dirigido al Juzgado de lo Mercantil Número 4 de Madrid, siendo necesario presentar escrito original junto con dos copias del mismo.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Madrid, 1 de julio de 2010.- El/la Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid