Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-31442

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 14 de septiembre de 2010, páginas 98891 a 98891 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-31442

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal ordinario número 18/2005, seguido a instancia del Procurador don Francisco Ojeda Rodríguez, en nombre y representación de "Yanez Promociones y Construcciones S.L.", "Proyectos y Contratas Canarias, S.L.", "J Y R Seguimiento de Obras S.L.", unipersonal, "Yanez Meloneras S.L.", "Prealucan, S.L." y "Construcciones Royal Almatriche, S.L.", e inscritas en el Registro Mercantil en el tomo 1007, folio 85, hoja 6493; tomo 1627, folio 201, hoja 29342; tomo 1627, folio 144, hoja 29343; tomo 1396, folio 36, hoja 19934; tomo 1572, folio 178, hoja 27063 y tomo 1490, folio 46, hoja 23584 de Sociedades, con C.I.F. número B-35.131.432, B-35.733.757, B-35.733.765, B-35.526.060, B-35.681.352 y B-35.603.752; se ha dictado auto en fecha 22 de julio de 2010, por el que se acuerda lo siguiente:

Se pone fin a la fase común del concurso de las entidades "Yanez Promociones y Construcciones S.L.", "Proyectos y Contratas Canarias, S.L.", "J Y R Seguimiento de Obras S.L.", unipersonal, "Yanez Meloneras S.L.", "Prealucan, S.L." y "Construcciones Royal Almatriche, S.L.", se decreta la apertura de la fase de Convenio y la formación de la sección quinta del concurso, siendo aplicables las normas establecidas para la fase común del concurso en el título III de la Ley Concursal.

Se convoca junta de acreedores para el día 26 de noviembre de 2010 a las 9:30 horas en la sala de vistas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ubicada en la plaza de San Agustín, número 6, 1.ª planta, Las Palmas de G.C., que se publicará mediante edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial y en el B.O.E.

Los acreedores con derecho a asistencia podrán comparecer en la junta por sí mismos o hacerse representar por medio de apoderado, sea o no acreedor, con la única limitación de que no podrán ser apoderados el concursado ni las personas especialmente relacionadas con éste, aunque sean acreedores. Asimismo, se les hace saber que, en su caso, podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto.

Las Palmas de G.C., 1 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid