Yo, José Manuel Vara González, Notario del Ilustre Colegio de Madrid con residencia en Valdemoro (Madrid), despacho en calle General Martitegui, número 27, local,
Hago saber: Que en la notaría a mi cargo se está tramitando procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:
Urbana. Una casa, de construcción antigua, en la villa de Valdemoro (Madrid), calle Real, señalada con el número doce. Ocupa una superficie de ciento noventa y siete metros cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Inscripcion: En el Registro de la Propiedad de Valdemoro, al tomo 903, libro 251 de Valdemoro, folio 94, finca número 16.392. Referencia catastral: 2392202VK4429S0001OM.
Se señala la primera subasta para el martes, día 2 de noviembre, a las 13 horas; la segunda, en su caso, para el jueves, día 2 de diciembre 2010, a las 13 horas; y la tercera, en el suyo, para el miércoles, día 5 de enero del 2011, a las 13 horas. Todas las subastas se celebrarán en las dependencias de la Notaría a mi cargo, en Valdemoro (Madrid), calle General Martitegui, 27, local.
El tipo de salida de la primera subasta es:
Vivienda registral 16.392: Ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres euros noventa y dos centimos.
Para la segunda subasta, el setenta y cinco por ciento de las cantidades indicadas; y la tercera se celebrará sin sujeción a tipo.
La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
Los postores deberán consignar previamente para poder tomar parte en las respectivas subastas, en la cuenta corriente a nombre de la Notaria en Banco Popular-Valdemoro O.P. numero 0075.1164.08.0600311868 una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta; y en la 3.ª subasta al veinte por ciento del tipo de la segunda.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Valdemoro, 6 de septiembre de 2010.- José Manuel Vara González.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid