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Documento BOE-B-2010-32496

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 23 de septiembre de 2010, páginas 102622 a 102622 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-32496

TEXTO

Dña. Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario abreviado nº 27/2009, referente a la mercantil concursada Back Up Repair & Integrated Outsourcing Operation, S.L., se ha dictado auto de fecha nueve de septiembre de dos mil diez, cuya parte dispositiva es como sigue:

1.- Se declara finalizada la fase de convenio suspendiéndose la junta de acreedores señalada para el próximo día 16 de septiembre de dos mil diez del presente procedimiento concursal del deudor.

2.- Se abre la fase de liquidación.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara disuelta la concursada Back Up Repair & Integrated Outsourcing Operation, S.L., y cesan los administradores que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Se declaran vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

8.- Fórmese la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Se hace constar que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este Edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha Seccion Sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 9 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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