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Documento BOE-B-2010-33192

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 29 de septiembre de 2010, páginas 105940 a 105940 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-33192

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n° 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el Concurso de Acreedores (Voluntario, Abreviado) n° 67.-/2009-D de la mercantil "Sagitel Telecom, S.L." (con domicilio en Alicante, c/ Gadea, nº 14-16, bajo, y C.I.F. número B-53597647, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante -al tomo 2.463, libro 0, folio 49, sección 6, hoja A-66.067, inscripción Ia-), procedimiento en cuyo seno, con fecha 17-09-2010, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

"L- Se acuerda poner fin a laa fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal...".

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 17 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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