El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, anuncia:
1.- Se declara, por auto de fecha 30.9.10 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento concursal Voluntario con número de autos 22/09 del deudor Aluminios Toral, S.A. con CIF-B80201056.
2.- Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 2 de noviembre de 2010.
3.- Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 30 de septiembre de 2010.- Secretario Judicial.
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