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Documento BOE-B-2010-35303

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18 de octubre de 2010, páginas 113435 a 113435 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-35303

TEXTO

Edicto

Doña Mª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid,

por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el Concurso Voluntario 0000193/2010-B se ha dictado a instancia de Edificio Zorrilla, S.L. En liquidación con C.I.F.: B47544028, en fecha uno de octubre de dos mil diez Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Edificio Zorrilla, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid y con domicilio en C/ Santiago, nº 17-6ª.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativo al crédito, su concreto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artº 184.3 Ley Concursal)

Valladolid, 1 de octubre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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