De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública las notificaciones de las resoluciones dictadas por el Ilmo Sr. Director General de Tráfico por la que se acuerda declarar la caducidad del expediente de iniciación del procedimiento para la declaración de nulidad del canje del permiso de conducir extranjero por el correspondiente español así como la resolución de iniciación de un nuevo expediente para la declaración de nulidad de canje del permiso de conducir extranjero por el correspondiente español, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Conductores de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona, ante la cual les asiste el derecho a alegar lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.
Transcurrido dicho plazo, sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones.
D. Naeem Afzal Chaudry 47885130
Barcelona, 15 de octubre de 2010.- El Jefe Provincial de Tráfico de Barcelona, Adrià Puigpelat Marín.
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