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Documento BOE-B-2010-36698

SALA DE LO SOCIAL

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2010, páginas 117919 a 117919 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
AUDIENCIA NACIONAL
Referencia:
BOE-B-2010-36698

TEXTO

"En la villa de Madrid, a veinticuatro de noviembre de dos mil nueve;

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recursos de casación interpuestos por la Procuradora doña Lucila Torres Ruiz, en nombre y presentación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid y Banco Mapfre y por el Letrado don Andrés Pérez Subirana, en nombre y representación de Federación de Servicios de Servicios de la Unión General Trabajadores, contra la sentencia de 13 de mayo de 2008, dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en el procedimiento núm. 168/2007, seguido a instancia de Cajamadrid y "Banco Mapfre, S.A.", contra Sección Sindical Comisiones Obreras en Cajamadrid, Sección Sindical UGT en Cajamadrid; Sección Sindical ACCAM en Cajamadrid, Sección Sindical Alternativa sindical en Cajamadrid, Sección Sindical CSICA en Cajamadrid, Sección Sindical SABEI en Cajamadrid, Seccción Sindical Comisiiones Obreras en Banco Mapfre, Sección Sindical UGT en Banco Mapfre, Mapfre Vida Pensiones, Comisión de Control Plan de Pensiones Banco Mapfre, "Gesmadrid, S.A.", Comisión de Control Plan Pensiones Banco Mapfre, "Gesmadrid; S.A.", Comisión Control Plan Pensiones Cajamadrid y Caja Madrid Pensiones, sobre conflicto colectivo.

Fallamos:

Desestimamos el recurso de casación interpuesto por la Procuradora doña Lucila Torres Ruiz, en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid y Banco Mapfre y, estimamos el recurso de casación interpuesto por el Letrado don Andrés Pérez Subirana, en nombre y representación de la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores; recursos ambos formulados contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en fecha 13 de mayo de 2008 (procedimiento 168/2007), en virtud de demanda interpuesta por Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid y del "Banco Mapfre, S.A.", contra Sección Sindical de Comisiones Obreras en Cajamadrid, Sección Sindical de Unión General de Trabajadores en Cajamadrid; Sección Sindical de ACCAM en Cajamadrid, Sección Sindical Alternativa Sindical en Cajamadrid, Sección Sindical de CSICA en Cajamadrid; Sección Sindical de SABEI en Cajamadrid; Sección Sindical Comisiones Obreras en Banco Mapfre, Sección Sindical de Unión General deTrabajadores en Banco Mapfre, Mapfre Vida Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones; Comisión de Control del Plan de Pensiones del Banco Mapfre, "Gesmadrid, S.A.", Comisión de Control del Plan de Pensiones de Caja, y "Caja de Madrid de Peniones, S.A.", EGFP, sobre conflicto colectivo. Casamos y anulamos la señalada sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, declarando la inadecuación de procedimiento, sin costas". Y para que sirva de notificación en legal forma a la Sección Sindical CSICA en Cajamadrid, en ignorado paradero, se inserta la presente en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 18 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.

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