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Documento BOE-B-2010-38922

Resolución del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se declara indebidamente percibido por D. Pedro José González Pérez la cantidad de 2.664,27 euros.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 15 de noviembre de 2010, páginas 127064 a 127064 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2010-38922

TEXTO

Al haber recaído Resolución del INSS por la que se le reconoce con efectos económicos del 01/02/2010 la prestación por Incapacidad Permanente en el grado total, y al haber percibido sus retribuciones hasta la nómina de marzo de 2010, procede regularizar su situación económica, debiendo reintegrar las cantidades percibidas desde el 1 de febrero de 2010 hasta el 31 de marzo de 2010, ascendiendo la cantidad que adeuda a 2.664,27 euros, según liquidación que se adjunta practicada por la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos, 77 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero y el artículo 23 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, con los importes establecidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, este Departamento, en el ejercicio de sus competencias en el ámbito de retribuciones en materia de personal,

Acuerda: Declarar indebidamente percibido por D. Pedro José González Pérez el importe de 2.664,27 euros con la consiguiente obligación de reintegro de la citada cantidad.

El importe de la deuda arriba citada ha de ingresarla en las siguientes fechas: si esta notificación la recibe del 1 al 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente, si la recibe entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Concluido este plazo se iniciará la vía ejecutiva, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005, de 29 de julio (BOE de 02-09-2005).

El ingreso ha de efectuarlo en la cuenta de tesorería interna que la A.E.A.T. tiene abierta en la entidad Banco Santander Central Hispano, sucursal sita en la C/ Orense, n.º 2, de la localidad de Madrid, cuyo número de identificación es el 0049 1811 31 2710261372.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111.1 de la Ley 30/1992, la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Madrid, 15 de septiembre de 2010.- La Directora del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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