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Documento BOE-B-2010-40389

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 25 de noviembre de 2010, páginas 132624 a 132624 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-40389

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Fresneda Garcia, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid

Hace saber: Que en el Concurso voluntario de acreedores número 785/2008, con fecha 4 de noviembre de 2010 se ha dictado Auto abriendo la fase de liquidación y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.-En el presente procedimiento concursal del concursado Gestión Inmobiliaria Juven, S.L., se deja sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 14 de julio de 2010 y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 30 de noviembre de 2010.

Segundo.-Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal.

Tercero.-Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación.

Cuarto.-En el plazo de 15 días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Concursal.

Quinto.-Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.ª).

Sexto.-Hágase saber a las partes y a los interesados que en el plazo de los diez días siguientes a la publicación de la resolución que acuerda la apertura de la fase de liquidación cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Y, para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de Gestión Inmobiliaria Juven, S.L., se expide la presente.

Madrid, 4 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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