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Documento BOE-B-2010-40400

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 25 de noviembre de 2010, páginas 132635 a 132635 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-40400

TEXTO

Edicto.

Doña M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Valladolid, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración concurso 195/2010-D se ha dictado a instancia de Transportes Valusa, S.A. en fecha 1 de octubre de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de Transportes Valusa, S.A., con CIF A-47377890 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, calle Acero n.º 18.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º-- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al créditos, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 12 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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