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Documento BOE-B-2010-40541

CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MÉDICOS

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 25 de noviembre de 2010, páginas 132861 a 132862 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2010-40541

TEXTO

Acuerdo de creación de fichero de titularidad pública

Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, de 20 de octubre de 2010, por el que se aprueba la creación del fichero de datos de carácter personal "Colegiados".

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, es el órgano que agrupa, coordina y representa a todos los Colegios Oficiales de Médicos a nivel estatal y tiene, a todos los efectos, la condición de Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

En relación a la creación del fichero de datos de carácter personal "Colegiados", el artículo 20 del Real Decreto 757/2006, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, establece la función de la Secretaría General de formar el censo de colegiados de España inscritos en cada uno de los Colegios, llevando un fichero - registro de todos aquellos que lo constituyan, con los datos y especificaciones oportunas.

La creación del fichero del que sea responsable una corporación de derecho público y que se encuentre relacionado con el ejercicio de potestades de derecho público, debe efectuarse a través de acuerdo de sus órganos de gobierno, debiendo ser objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado, tal y como establece el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y el artículo 53 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la LOPD. En el ejercicio de estas facultades, y consciente de la importancia vital de la adopción de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la normativa de protección de datos y preservar los derechos de sus colegiados en este ámbito, acuerda:

Primero.- Creación del Fichero "Colegiados".

Se crea el fichero mixto "Colegiados", de acuerdo con la descripción del Anexo I.

Segundo.- Entrada en vigor.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de octubre de 2010

V.º B.º

El Vicepresidente El Secretario General

Anexo I

1. Identificación del fichero.

Fichero "Colegiados", cuya finalidad es la gestión de los datos personales y profesionales de los médicos colegiados en los Colegios Oficiales de Médicos de España, llevanza de un registro de sanciones para garantizar el ejercicio de las funciones públicas de ordenación y control de la actividad profesional y de un registro en el que se incluyen certificados de idoneidad. Asimismo, se procede a la creación de un listado de colegiados de toda España, configurado como fuente accesible al público y publicado en la página web del Consejo General www.cgcom.org

2. Origen de los datos.

Los datos provienen de los Colegiados en los Colegios Oficiales de Médicos de España.

3. Estructura básica del fichero.

Se solicitan los siguientes datos:

Datos de carácter identificativo: nombre, apellidos, dirección, fecha de nacimiento, país de nacimiento, NIF, NIE, pasaporte.

Datos académicos: Fecha fin de licenciatura, colegio y número de colegiado. Fecha de alta. Diplomas de Colegios Honoríficos y certificados de idoneidad.

Sanciones: Sanción, fecha de inicio, motivo, resolución judicial.

Listado público de colegiados: nombre y apellidos, números de colegiados, especialidad, provincia.

Se trata de un fichero mixto. Se dispone de una aplicación informática para el almacenamiento de los datos.

4. Comunicaciones de datos previstas.

Se comunican datos a los Colegios Oficiales de Médicos de España y al Ministerio de Sanidad y Administraciones Sanitarias.

5. Transferencias internacionales.

A otros Colegios y Consejos Europeos en caso de ser requeridos.

6. Órganos responsables del fichero.

El responsable es el Consejo General de Colegios de Oficiales de Médicos de España.

7. Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

El responsable es el Consejo General de Colegios de Oficiales de Médicos de España sito en Plaza de las Cortes 11. 28014 de Madrid.

8. Nivel de seguridad exigible.

Nivel medio.

Madrid, 20 de octubre de 2010.- Don Ricard Gutiérrez Martí, Vicepresidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

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