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Documento BOE-B-2010-40596

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 27 de noviembre de 2010, páginas 134200 a 134200 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-40596

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 18/2010 y 30/2010 seguidos a instancias del Procurador D. Francisco Bethencourt Manrique de Lara en nombre y representación de las entidades mercantiles:

Publicaciones Saavedra, S.L. con C.I.F. B-35817758, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de G.C. al tomo 1716, folio 146, hoja GC-33115, inscripción 1ª y domicilio social en calle Eufemiano Fuentes Cabrera, nº 33;

Saavedra y Cía, S.L., con CIF B-35001882; inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de G.C. al tomo 1498, folio 14, hoja GC-8165, inscripción 44ª y domicilio social en calle Eufemiano Fuentes Cabrera, nº 33;

Se ha dictado Auto el día 7 de junio de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Publicaciones Saavedra, S.L. y Saavedra y Cía, S.L. con el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa como administradora del concurso a la abogada Silvia Esther Sánchez Toledo.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados podrán comunicar su crédito sin comparecer en forma (art. 184.3 LC.).

D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de G.C., 9 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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