El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, de fecha 22 de noviembre de 2010, acordó otorgar licencia L-0012 para la prestación del servicio portuaria de manipulación de mercancías en el puerto de Vilagarcía, a Boluda Terminales Marítimas, S.A. Plazo de la licencia: 10 años. Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario: 0,05 €/Tn de mercancía manipulada. Mercancía mínima manipulada: 75.000 Tn.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64.4 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
La presente resolución del Consejo de Administración pone fin a la vía administrativa, según el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses a contar desde la fecha de la notificación de la presente resolución, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro que estime conveniente.
Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), 2 de diciembre de 2010.- El Presidente, Fernando Javier Puertas Castillo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid