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Documento BOE-B-2010-43447

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre resolución de los expedientes sancionadores comprendidos entre los números SP-0214/2008 a SP-0264/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 20 de diciembre de 2010, páginas 143406 a 143407 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-43447

TEXTO

Se ha dictado resolución sobre los citados procedimientos sancionadores.

A efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal por entender esta Demarcación de Carreteras, que la publicación íntegra de la resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de dichos interesados, se comunica a los interesados indicados en la relación final la resolución del procedimiento sancionador.

Contra estas resoluciones pueden interponerse los siguientes recursos:

- Sanciones leves y graves.- Esta resolución no agota la vía administrativa y puede interponerse recurso de alzada ante el Delegado del Gobierno o la Secretaría General de Infraestructuras respectivamente en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de esta publicación.

- Sanciones muy graves.- Esta resolución agota la vía administrativa y puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Ministro del Departamento en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses. En ambos casos los plazos se contarán a partir del día siguiente al de esta publicación. No se podrá interponer el recurso contencioso contencioso-administrativo sin que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Firme la resolución en vía administrativa, desde el primer momento en el caso de sanciones muy graves y por no haber interpuesto recurso de alzada o haber sido resuelto en el caso de las leves y graves, y de conformidad con lo señalado en la Orden 3662/2003, de 29 de diciembre, deberá proceder al ingreso del citado importe por medio del documento 069 cuyo ejemplar y el expediente se encuentran en la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, calle Josefa Valcárcel, núm.11, 28027 Madrid; haciéndolo efectivo en los lugares que se indican en dicho documento, en los plazos siguientes:

- Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día veinte del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio de la recaudación en período ejecutivo y determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos de este período; todo ello en conformidad con los artículo 161, 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Relación de sujetos notificados: SP-0214/2008 Elite Viviendas de Lujo, S.L.; SP-0304/2008 Sistema de Descanso, S.L. (SOMNIUM); SO-0022/2009 Grupo Inmobiliario T.J.; SO-0189/2009 Valla, C.B.; SO-0197/2009 Javier Cruz Fernández-Hijicos; SP-0264/2009 Andría Inversiones Inmobiliarias, S.A..

Madrid, 9 de diciembre de 2010.- El Ingeniero Jefe del Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, D. Jaime López-Cuervo Abad.

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