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Documento BOE-B-2010-44051

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2010, páginas 145705 a 145705 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-44051

TEXTO

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000067/2010 seguido a instancias del Procurador don Manuel de León Corujo, en nombre y representación de la entidad "Martina Cabello, S.L." (sociedad unipersonal), se ha dictado Auto el día 13 de diciembre de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Martina Cabello, S.L." (sociedad unipersonal), con CIF B-35.930.643, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, al tomo 1.833, folio 66, sección 8.ª, hoja GC-38.091 e inscripción 1.ª, con domicilio social en la calle Convento, n.º 7, Valsendero, en el témino municipal de Valleseco (Las Palmas) y sede de sus intereses principales en Las Palmas de Gran Canaria, calle El Cid, n.º 24, 1.º-B, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa como Administrador del concurso a don Pablo de la Vega Viñambres, como Economista.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de la deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de Medidas Urgentes en Materia Tributaria, Financiera y Concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y a la deudora en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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