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Documento BOE-B-2010-44463

CÁDIZ

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 29 de diciembre de 2010, páginas 147279 a 147279 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-44463

TEXTO

Edicto.

Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en los procedimientos número 741/10, 1064/10,1065/10 Y 1066/10, por auto de 29 de noviembre de dos mil diez se ha declarado en Concurso Voluntario a los deudores siguientes:

-(741/10) Construcciones Prajeo S.L. con CIF.752029, con domicilio social en Jerez de la Frontera Urbanización el Pinar Avenida Tamarisco núm 2 Local 4 y Estructuras Prajeo S.L. con CIF B-11837531 y mismo domicilio social que el anterior y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo referenciado.

-(1064/10) Don José Antonio Gutiérrez Gónzalez, con DNI 31.562.930-F y doña Mercedes López Varela Con DNI 31.570.720-T y con domicilio ambos en Jerez de la Frontera Barriada el Rocio Calle Nalón 9

-(1065/10) Don Eusebio López Varela con DNI 31.629.724-K y doña María Josefa Fernández Mesa, con DNI 31.650.707 -Q, con domicilio en Jerez de la Frontera, Barriada el Rocío Calle Duero Nº 8.

-(1066/10) Don Ovidio López Varela, con DNI 31.648.148-X y doña Isabel Fernández Cabeza con DNI 31.671.653-D, con domicilio en Jerez de la Frontera Urbanización la Marquesa, calle Torre del Tajo núm 60.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Cádiz, 16 de diciembre de 2010.- Secretaria Judicial.

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