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Documento BOE-B-2010-44591

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el expediente de información pública del proyecto de trazado: "Autovía A-26, Figueres-Olot. Tramo: Besalú-Enlace de Cabanelles". Clave: 12-GI-3330. Provincia de Girona.

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 29 de diciembre de 2010, páginas 147453 a 147454 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-44591

TEXTO

Con fecha 1 de diciembre de 2010 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del Expediente de Información Pública, con base a la siguiente consideración:

El Expediente de Información Pública, ha sido tramitado de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en cumplimiento de cuanto establece el artículo 10 de la vigente Ley 25/1988, de Carreteras y concordantes de su Reglamento, y con los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad de ocupación y concordantes de su Reglamento, habiéndose analizado las alegaciones presentadas.

En su virtud resuelvo:

1. Aprobar el Expediente de Información Pública del proyecto de trazado "Autovía A- 26, Figueres-Olot. Tramo: Besalú -Enlace de Cabanelles", con las siguientes prescripciones a cumplimentar en la redacción del Proyecto de Construcción:

1.1. De acuerdo con las alegaciones presentadas por los Ayuntamientos de Crespià y Maià de Montcal, modificar el enlace de Maià de Montcal de modo que la glorieta superior planteada pase a ser una glorieta deprimida.

1.2. Trasladar el enlace de Queixàs, situado inicialmente en el P.K. 5+300, a las proximidades del P.K. 7+700, teniendo en cuenta las alegaciones presentadas por los Ayuntamientos de Cabanelles y Crespià y diversos particulares.

1.3. De acuerdo con las alegaciones presentadas por los Ayuntamientos de Cabanelles y Crespià, la Diputación de Girona (Servicio de Red Viaria Local), la Generalitat de Catalunya (Dirección General de Carreteres) y varios particulares, modificar el enlace de Cabanelles para conseguir una configuración más compacta, que dote a la carretera comarcal (GIP-5 121) de una conexión más directa y que procure minimizar el recorrido de los movimientos Cabanelles-Crespià.

1.4. Estudiar la viabilidad y la coherencia, con los criterios de eficiencia que rigen actualmente en el Ministerio de Fomento, de establecer un camino de servicio entre el P.K.1+100y el P.K. 1+500; y entre el P.K. 3+800 y el P.K. 6+200 para dar continuidad a lo largo de todo el trazado, según las alegaciones de los Ayuntamientos de Beuda, Crespià y Maià de Montcal.

1.5. Corregir los cambios de titular de las parcelas mencionadas en las alegaciones, tras su correspondiente comprobación, de acuerdo a lo expresado por diversos particulares.

1.6. Tener en cuenta las Reposiciones de los Servicios resultantes tras las alegaciones aceptadas.

1.7. Estudiar la viabilidad y la coherencia, con los criterios de eficiencia que rigen actualmente en el Ministerio de Fomento, de colocar pantallas de protección antirruido en las edificaciones mencionadas en las alegaciones, de los Ayuntamientos de Beuda y Maià de Montcal y varios particulares.

1.8. Se adaptará el proyecto a los criterios de eficiencia que rigen actualmente en el Ministerio de Fomento.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Madrid, 3 de diciembre de 2010. El Ministro de Fomento. Por delegación (Orden 30-5-1996), el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, Fdo.: Víctor Morlán Gracía.

Barcelona, 21 de diciembre de 2010.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Luis Bonet Linuesa.

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